Ley de Segunda Oportunidad
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¿ Qué es ?
La Ley de Segunda Oportunidad es un procedimiento legal diseñado para que personas físicas, autónomos y pequeños empresarios que no pueden pagar sus deudas puedan empezar de nuevo.
Mediante este mecanismo, se puede obtener la EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), es decir, la cancelación total o parcial de las deudas que no se han podido abonar.
Su objetivo es claro: ofrecer una segunda oportunidad real, liberando al deudor de la presión económica y permitiéndole reconstruir su vida sin cargas del pasado.
¿ Quién puede acogerse ?
Pueden beneficiarse de la EPI las personas que cumplan las siguientes condiciones:
- Ser persona física, ya sea particular, autónomo o empresario
- Estar en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, no poder hacer frente de forma regular a las obligaciones de pago.
- Actuar de buena fe, lo que implica:
- No haber sido condenado por delitos económicos (como falsedad documental, insolvencia punible, blanqueo o delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social).
- Ser deudor de buena fe, es decir, ser una persona que, ante una situación de insolvencia, ha actuado de forma honesta, transparente y sin intenciones fraudulentas. Es aquel que ha intentado cumplir sus obligaciones, no ha ocultado bienes y ha colaborado con el proceso, siendo este un requisito fundamental para poder acceder a beneficios como la Ley de Segunda Oportunidad
- No haberse beneficiado de otra exoneración en los últimos 5 años (plazo actualizado según la reforma concursal de 2022).
El proceso puede realizarse de dos maneras:
- Con liquidación del patrimonio, cuando el deudor entrega sus bienes para saldar lo que pueda.
- Sin liquidación, a través de un plan de pagos de hasta 5 años, en el que se conserva la vivienda o activos esenciales.
Cómo funciona el proceso
Estudio inicial gratuito
Analizamos tu caso sin compromiso para verificar si cumples los requisitos y determinar cuál es la vía más adecuada: liquidación o plan de pagos.
Preparación del expediente
Reunimos toda la documentación necesaria (listado de deudas, contratos, ingresos, bienes, etc.) y elaboramos la solicitud para presentar ante el juzgado.
Tramitación judicial
Nuestro equipo jurídico presenta la petición ante el juzgado mercantil correspondiente y solicita la suspensión de embargos y ejecuciones mientras se resuelve el proceso.
Concesión de la exoneración (EPI)
Una vez el juez concede la EPI, tus deudas quedan legalmente canceladas o reestructuradas, permitiéndote volver a empezar con una base limpia.
- Cancelación total o parcial de las deudas personales o empresariales.
- Suspensión inmediata de embargos y ejecuciones al iniciar el procedimiento.
- Posibilidad de conservar la vivienda habitual, si se opta por el plan de pagos.
- Reinicio financiero y legal: puedes volver a operar, contratar servicios o acceder a financiación sin el peso de las deudas pasadas.
En El Financiador te acompañamos desde el primer análisis hasta la resolución judicial, ocupándonos de todos los trámites y gestiones.
Nuestro equipo de expertos en derecho concursal y financiación personal se encarga de:
- Analizar tu caso con total confidencialidad.
- Elaborar toda la documentación legal y financiera necesaria.
- Representarte ante el juzgado mercantil correspondiente.
- Explicarte cada paso con un lenguaje claro, sin tecnicismos ni letra pequeña.
Trabajamos para que el proceso sea ágil, seguro y transparente, evitando errores que puedan retrasar o impedir tu exoneración.
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Empezar de cero es un derecho, no un privilegio
Si estás atrapado en una situación de deudas que no puedes pagar, la ley te protege y en El Financiador te ayudamos a hacerla valer.
Con nuestro acompañamiento profesional podrás liberarte de tus deudas, proteger tus bienes y recuperar la tranquilidad que mereces.